La empresa contrató un detective que siguió al empleado e informó de que el hombre no llevaba a cabo su trabajo de forma continuada en su domicilio.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado el despido de un trabajador que realizaba tareas y recados personales durante su jornada laboral. Esta anulación ha sido motivada por la constatación de que el hombre también trabajaba fuera del horario laboral, así como los fines de semana y vacaciones.
La sala de lo social rechazó el recurso de la empresa Avizor, a la cual pertenece el empleado, en una sentencia fechada el pasado 1 de marzo.
El caso afecta a un trabajador de Avizor que desde 2011 desempeñaba labores de comercial, con un salario mensual de 5.466,28 euros brutos más 227,86 de retribución en especie y un horario de trabajo de 9:30 a 17:30 horas, con flexibilidad de entrada y salida e incluyendo teletrabajo. El hombre trabajaba a horas distintas a las que marcaba el horario de la empresa, trabajando antes y después del horario fijado, así como los fines de semana, festivos, y vacaciones. La empresa contrató un detective privado que se encargaba de vigilarle y que informó a la empresa de que el hombre llevaba y recogía a su hija del colegio, iba al gimnasio ocasionalmente, quedaba a jugar al pádel, y se reunía para tomar algo con otra persona. La empresa llegó al convencimiento de que «tales actitudes no son las que se le exigen para llevar a cabo su trabajo de forma correcta».
El empleado, por su parte, alegaba que estas actividades «no han causado perjuicio alguno a la empresa», como demuestra el hecho de que los objetivos que se le fijan los cumple al 100 %.
La naturaleza del trabajo de comercial incluye trabajo dentro y fuera de su horario, señala el TSJM, y en muchas ocasiones el empleado ha trabajado a las 6 y las 7 de la mañana, después de finalizado su horario y también en fines de semana y vacaciones.
No se trata de un trabajo de «administrativo o teleoperador o peón», que conlleve el estar en su puesto de trabajo de forma fija y sin moverse durante toda la jornada; por el contrario, es un trabajo dinámico que implica el estar pendiente del mismo durante todo el día y que se puede llevar a cabo perfectamente en un vehículo, como parece que ocurre, según el informe del detective o incluso tomando algo.
El TSJM destaca además que «los móviles nos permiten mandar correos electrónicos desde cualquier lugar y a cualquier hora». Si bien es cierto que el empleado «aprovecha horas de su trabajo en quehaceres domésticos, también lo lleva a cabo de forma intachable, o al menos no se ha demostrado por parte de la empresa que haya faltado a alguna de sus citas» ni se ha acreditado que no esté pendiente de sus funciones.